Modelos trimestrales que debe presentar un autónomo
La mayoría de autónomos en España tienen que presentar varios modelos a Hacienda cada trimestre, además de las declaraciones anuales. Estos son los más habituales y para qué sirve cada uno.
Modelo 303: IVA
Declara el IVA repercutido en tus facturas de venta y el IVA soportado en tus compras y gastos deducibles. La diferencia es lo que ingresas (o, en algunos casos, lo que te devuelven).
Modelo 130: pago fraccionado de IRPF
Es un adelanto a cuenta de tu declaración de la renta, calculado sobre el rendimiento neto de tu actividad en el trimestre. Si la mayoría de tus ingresos ya llevan retención de IRPF, puede que no tengas que presentarlo (consulta tu caso concreto).
Modelo 111: retenciones de trabajadores y profesionales
Si tienes empleados o contratas a otros profesionales que te facturan con retención de IRPF, este modelo declara e ingresa esas retenciones.
Modelo 115: retenciones de alquileres
Se presenta si pagas un alquiler (por ejemplo, de tu local u oficina) sujeto a retención de IRPF.
Plazos de presentación
Los modelos trimestrales se presentan hasta el día 20 del mes siguiente al cierre del trimestre (abril, julio, octubre), salvo el cuarto trimestre, que tiene plazo hasta el 30 de enero del año siguiente. Con domiciliación bancaria, el plazo se adelanta unos días.
Estas fechas pueden variar ligeramente cada año (por ejemplo, si el día 20 cae en fin de semana o festivo). Consulta siempre el calendario fiscal oficial de la Agencia Tributaria para tu ejercicio en curso.
Contenido informativo y orientativo, no constituye asesoramiento fiscal, laboral ni legal. La normativa puede cambiar: confirma siempre los datos concretos de tu caso en las fuentes oficiales.
Fuentes: Agencia Tributaria
Última actualización: 2026-08-27